PLAN NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION: SUSTENTO LEGAL

  El Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, se sustenta en el marco legal que establece la CRBV en su artículo 110 y en la LOCTI en sus artículos 11 al 19, de acuerdo a esa orientación, se recogió gran cantidad de opiniones a diferentes actores pertenecientes al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI), acerca de cómo la Ciencia, la Tecnología y la Innovación contribuyen con el desarrollo del país. Para ello, se definió un marco de acción a 25 años, con la idea de recuperar la capacidad de soñar un mundo mejor y posible, a partir de una ciencia, tecnología e innovación con y para la gente.

·         Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela
Ø  Artículo 110

·         Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Ø  Artículo 11.
Ø  Artículo 12.
Ø  Artículo 13.
Ø  Artículo 14.
Ø  Artículo 15.
Ø  Artículo 16.
Ø  Artículo 17.
Ø  Artículo 18.
Ø  Artículo 19.

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