PLAN NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION: SUSTENTO LEGAL
El Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, se sustenta en el marco legal que establece la CRBV en su artículo 110 y en la LOCTI en sus artículos 11 al 19, de acuerdo a esa orientación, se recogió gran cantidad de opiniones a diferentes actores pertenecientes al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI), acerca de cómo la Ciencia, la Tecnología y la Innovación contribuyen con el desarrollo del país. Para ello, se definió un marco de acción a 25 años, con la idea de recuperar la capacidad de soñar un mundo mejor y posible, a partir de una ciencia, tecnología e innovación con y para la gente.
· Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela
Ø Artículo 110
· Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Ø Artículo 11.
Ø Artículo 12.
Ø Artículo 13.
Ø Artículo 14.
Ø Artículo 15.
Ø Artículo 16.
Ø Artículo 17.
Ø Artículo 18.
Ø Artículo 19.
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